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¿En qué consiste el derecho de post natal?

octubre 2, 2021

Entendiendo la necesidad de las madres de crear vínculos con su guagua, es que existe este descanso materno luego del parto, que busca el desarrollo emocional, social y afectivo del niño.

No es ningún misterio la verdadera diferencia que hace el que una mamá esté con su hijo, idealmente, hasta el año de vida antes de volver a trabajar. Y es que el apego, la lactancia exclusiva y el contacto directo e inmediato entre ambos es, sin lugar a dudas, lo único que necesita un menor para crecer sano y feliz.

El actual post natal de 12 semanas se extiende en 12 más, hasta alcanzar las 24 semanas íntegras, mediante un permiso de post natal parental que se entrega a las mamás trabajadoras y que tiene un subsidio equivalente a la remuneración con un tope de 66 UF brutas. Lo bueno es que este derecho es flexible, ya que eres libre de elegir la mejor forma de ejercerlo, pudiendo optar entre esto o a 18 semanas extras a media jornada, con un 50% de subsidio (sueldo).

Asimismo, tanto el fuero maternal que tienes desde la concepción y hasta que tu guagua cumpla 1 año y 12 semanas de vida, como el derecho a licencia por enfermedad grave del hijo menor a esa edad permanecen intactos. Si durante el post natal de media jornada tu hijo se enferma gravemente, como mamá también tienes derecho a licencia por enfermedad grave del hijo menor de 1. El medio subsidio podrá coexistir con este permiso por patología grave, por un máximo de 12 semanas. Al término de este periodo, expira el permiso.

¿Y el padre?

Si decides tomarte 12 semanas a jornada completa, puedes traspasar hasta un máximo de 6 semanas al papá de tu guagua a jornada completa, y si optas por 18 semanas a media jornada, le puedes ceder hasta un máximo de 12 semanas en media jornada.

En ambos casos, cuando el papá hace uso de este derecho, el subsidio se calcula en base a su sueldo y tendrá derecho a fuero por el doble del periodo que se tome a jornada completa o a un máximo de 3 meses si lo adquiere a jornada parcial. Por ejemplo, si hace uso de 1 mes, tiene 2 meses de fuero. Si se toma 1 mes y medio, tendrá 3 meses de fuero, siendo este lapso el máximo permitido. El fuero comienza 10 días antes de iniciarse el permiso y en cuanto a los días libres para el padre, los actuales 5 días permanecen inalterados.

Quienes tienen derecho a post natal

Si eres trabajadora independiente (a honorarios o cuenta propia), para tener un subsidio maternal, necesitas tener 1 año de afiliación previsional y 6 o más cotizaciones, continuas o discontinuas, dentro de los 6 meses anteriores al pre natal, pagando la cotización correspondiente al mes anterior al que se inicia la licencia.

Por otro lado, si eres trabajadora dependiente (con contrato en alguna empresa), necesitas tener 6 meses de afiliación previsional y 3 o más cotizaciones, continuas o no, dentro de los 6 meses anteriores al pre natal.

Ya seas trabajadora dependiente o independiente, el monto del subsidio será el promedio de las remuneraciones o rentas obtenidas antes del embarazo, comparadas con el promedio obtenido los 3 o 6 meses antes de irte de pre natal. El monto del subsidio será el menor de los dos promedios, con un tope de 66 UF.

A partir del 2013, si eres trabajadora habitual a contrato fijo, obra o faena y no estás trabajando al momento de empezar el pre natal, el monto del subsidio será el promedio de la renta de los últimos 24 meses, con un mínimo de medio ingreso y un tope de 66 UF.

Casos especiales

A las madres de niños prematuros que hayan nacido antes de las 32 semanas de gestación o pesen menos de 1 kilo y medio al nacer, se les da 6 semanas adicionales de post natal.

Para aquellas que hayan tenido un parto múltiple (mellizos o gemelos), se les concederán 7 días corridos extras de post natal por cada hijo adicional. En caso de prematuros y múltiples, se aplicará el permiso que sea mayor.